Desnaturalización de la inversión de la carga de la prueba en la impugnación del despido en el proceso laboral peruano
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Autor(es): Vicuña, Robinson
La presente tesis doctoral contiene la investigación sobre el principio de inversión de la carga de la prueba en el proceso laboral peruano, con el propósito de determinar su vigencia y aplicación en los procesos de impugnación de despido, de allí que nos haya llevado a titularla: “DESNATURALIZACIÓN DE LA INVERSIÓN DE LA CARGA DE LA PRUEBA EN LA IMPUGNACIÓN DEL DESPIDO EN EL PROCESO LABORAL PERUANO”. Motivó la investigación el observar en los procesos laborales sobre impugnación de despido resultados desfavorables para los trabajadores por adolecer de insuficiencia probatoria. La investigación se llevó a cabo sobre la base de estudios de la doctrina y el análisis de las normas procesales vigentes en nuestro país, las que establecen exigencias inequitativas en la distribución de la carga probatoria para los sujetos del contrato de trabajo; hemos revisado también expedientes laborales y resoluciones casatorias sobre impugnación de despido; para cuyo efecto se ha utilizado el método inductivo – deductivo y analítico – sintético. Entre sus principales resultados tenemos que se ha debido a la exigencia de la totalidad de la carga probatoria para los trabajadores, lo que se ha producido en el contexto de la vigencia de la Ley Procesal del Trabajo, Ley Nº 26636 y la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ley Nº 29497, que no estaba contenida en su antecedente procesal el D.S. Nº 03-80-TR. Se determinó que las normas procesales materia de estudio, como son el inc. 3 del Art. 27º de la Ley Nº 26636 e inc. b) del Art. 23.3 de la Ley Nº 29497 han desnaturalizado el principio de inversión de la carga de la prueba en los procesos de despido arbitrario, nulo y hostilidades, tornándolo inexistente; y, con ello afectando la tutela jurisdiccional efectiva y el debido proceso. La prueba indiciaria que expresa el nuevo modelo procesal contenido en la Ley Nº 29497 si bien apoya la tesis de facilitación probatoria hacia el trabajador con la prueba indiciaria; y, asimismo, lo acordado en el Pleno Jurisdiccional Laboral de 1997 así como la Casación Laboral Nº 12816-2015-Lima referidos a los indicios, sin embargo, se trata de una regla de juicio y no de una regla en la etapa probatoria, de tal manera que en el terreno de los hechos se confirma que el empleador puede desbaratar dichos mecanismos justificando su decisión unilateral de dar por terminado el contrato de trabajo, construyendo una de las causales de extinción del mismo consagrada en la normatividad sustantiva.
[Trujillo: 2017]
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