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Artículos

Reflexiones y sugerencias sobre la problemática de la plana docente en el Departamento Académico de Ciencias Morfológicas

Editorial: Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Licencia: Creative Commons (by-nc)
Autor(es): Pinto, Miguel y Trujillo, Yeray

En el artículo 80, capítuloVIII, de la Ley Universitaria y el artículo 140, capítulo V, del Estatuto Universitario de la UNMSM, se señala que los profesores se dividen en ordinarios (principales, asociados, y auxiliares), extraordinarios (expertos, eméritos, honorarios, inves-tigadores, y visitantes), y contratados. Sobre los profesores ordinarios, el artículo 141 del estatuto establece como "el cuerpo profesoral estable y permanente de la universidad", y el artículo 84 de la Ley Universitaria considera que si bien la edad máxima para ejercer la docencia en las universidades públicas es hasta los 70 años, se permite continuar su labor en calidad de docentes extraordinarios2,3
[Lima: 2019]

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